Conozca cómo utilizar el Libro de Reclamaciones
Giuliana Sáenz, abogada especialista en temas dedefensa del consumidor explicó a RPP Noticias que desde el 7 de mayo de este año es obligatorio que los establecimientos comerciales cuenten con un libro de reclamaciones, en el que el consumidor o usuario pueda expresar una queja o reclamo sobre un producto o servicio adquirido.
El reclamo es la manifestación que consta en la Hoja de Reclamos, donde el consumidor deja constancia de su disconformidad sobre los bienes adquiridos o servicios suministrados, (sobre calidad, cantidad, funcionamiento, etc.), para que el proveedor lo atienda en un plazo máximo de 30 días calendario.
Cada hoja debe contar con 3 hojas autocopiativas, la primera de las cuales se entregará al consumidor que asentó la queja o reclamo, la segunda quedará en poder del proveedor y la tercera se remitirá al Indecopi, cuando lo requiera.
Sin embargo, el reclamo asentado en la Hoja de Reclamaciones no constituye denuncia del consumidor, ni da inicio al proceso administrativo por infracción a las normas de protección al consumidor.
Si el consumidor o usuario no queda satisfecho con la respuesta del proveedor o simplemente no recibe ninguna respuesta, este podrá entablar una queja ante el Servicio de Atención al Cliente del Indecopi.
Indecopi convoca a las partes para intentar llegar a una conciliación. Pero si el usuario o consumidor aún no ha quedado conforme, este podrá iniciar un proceso administrativo ante la comisión de protección al consumidor del Indecopi.
Fuente: RPP Noticias
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