Productos de Gloria, Nestlé y Laive no podrán llamarse lácteos
Digesa está revisando los criterios técnicos que se utilizan para la denominación de los alimentos como leche y productos lácteos.
El caso Pura Vida continua generando preocupación en los consumidores por conocer qué es lo que realmente consume cuando compran un producto. Y es que el 60% de los productos que se venden en el Perú tienen publicidad engañosa, señaló Jaime Delgado, ex presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).
En ese sentido, el ministro de Agricultura y Riego, José Manuel Hernández, adelantó que hay muchos productos con publicidad engañosa, por lo que hay una comisión constituida por el Ministerio de Salud, Producción, Agricultura y Ambiente que trabaja en la reglamentación de la ley sobre alimentación saludable.
Por su parte, la directora de Digesa, Mirtha Trujillo, dijo que la entidad estatal ya notificó a las empresas para que adecuen sus productos a los nuevos criterios de uso de los términos lecheros y les ha dado un plazo de siete días hábiles para hacerlo.
Lo que sí adelantó Trujillo es que de los productos de las tres empresas más grandes del sector, Gloria, Nestlé y Laive, habrá algunos que deberán cambiar sus denominaciones.
Aún no se tiene claro cuántos productos deberán cambiar su denominación, pues Digesa aún no culmina la evaluación de 567 registros sanitarios que están en la categoría leche.
Como consecuencia de la revisión se establecieron tres nuevos criterios para la denominación de estos productos y se precisa que aquellos que contengan 60% o menos de leche o producto lácteo en su composición final, no podrán utilizar el término “lácteo” para su comercialización.
REGLAMENTO DE ALIMENTACIÓN INFANTIL
La ministra de Salud, Patricia García, reveló que actualmente vienen trabajando junto con Digesa la mejora en el etiquetado de los productos sucedáneos de la leche materna.
La intención de esta revisión es que los consumidores sepan qué productos son realmente los sucedáneos de la leche materna y cuáles no.
Incluso planteó que su comercialización debería hacerse con receta médica para casos especiales.
“El producto Enfagrow Premium que sí tiene 37 gramos de azúcar por 100 gramos, no es un sucedáneo de la leche materna, porque es un producto sumamente azucarado y que los niños no deberían tomar, pero se define como un alimento lácteo en polvo para niños en crecimiento”, afirmó.
La ministra comentó al diario Gestión que si bien estos productos no están incluidos en la ley de alimentación saludable, sí están en el reglamento de alimentación infantil publicado en el año 2006.
Patricia García, expresó que hay temas que no están en la ley de alimentación saludable y que podrían ser trabajados, como es el caso de las comidas rápidas, los restaurantes, las carretillas y otros.
“Son una parte de un proceso que ya hemos comenzado y podemos trabajar en conjunto”, señaló a los miembros de la Comisión de Defensa del Consumidor.
Fotografía de portada: Cortesía Útero.Pe